Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.210


Artículo D.210

Administración para la gestión territorial. La dirección y ejecución de la gestión territorial corresponde a la Intendencia de Maldonado, la que procurará la participación social y de los interesados en su formulación, implementación, seguimiento, evaluación y revisión.

Esta actuación será en coordinación con el Municipio de Garzón y con su participación en el marco de sus competencias específicas.

En los casos en que sea posible y pertinente, se promoverá la iniciativa privada mediante los mecanismos previstos especialmente al efecto. Asimismo, tendrá presente los derechos de iniciativa e información pública.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3927 de 2014-03-25 Artículo 77