VOLUMEN IV
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LIBRO II
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PARTE
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TÍTULO III
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CAPÍTULO III
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SECC. ÚNICA
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En caso de que por inutilización del vehículo no pudieran cumplirse los recorridos en toda su extensión, es de obligación de las empresas facilitar el destino final a los usuarios, siendo de su cargo los gastos que se originen por todo motivo.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3667 de 1992-12-23 | Artículo 19 |