Digesto Departamental
Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.11


Artículo R.11

Los contribuyentes que no abonen en los plazos establecidos la tasa, serán sancionados con los recargos establecidos por los artículos 65 y 66 del Decreto 3312.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. s/n de 1976-12-14 Artículo 7