Digesto Departamental
Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.259


Artículo D.259

Denominación. El Departamento de Agrimensura, procederá al registro de denominación de las vías de tránsito, haciendo referencia al número de resolución y fecha de aprobación de la denominación vigente, así como los cambios que pudiesen producirse.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3444 de 1982-07-09 Artículo 8