Digesto Departamental
Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.16


Artículo R.16

Autorízase la subdelegación en el Jerarca de la División de Control Edilicio, para resolver trámites regulares de construcciones edilicias, instalaciones sanitarias y afines de construcciones de hasta dos plantas y cuya área construida no supere los trescientos metros cuadrados.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 5055/2010 de 2010-07-23 Artículo 3