Digesto Departamental
Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.429


Artículo D.429

Los propietarios de las instalaciones construidas con piso de materiales volátiles se obligarán por Declaración Jurada al mantenimiento permanente de la misma, a fin de evitar molestias y perjuicios en todo su entorno.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3735 de 2000-06-21 Artículo 8