Digesto Departamental
Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.8


Artículo D.8

Red de energía eléctrica y alumbrado público:

Se conectará a la red pública de la Administración Nacional de Usinas y Transmisiones Eléctricas (UTE), cumpliendo con las exigencias establecidas por la misma. El fraccionador se hará cargo de las obras necesarias para su conexión.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
D 4122/2026 de 2026-07-28 Artículo 8