Digesto Departamental
Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.11


Artículo D.11

Drenaje de aguas pluviales:

11.1.- Se deberá prever un sistema de drenaje urbano sustentable, promoviendo la laminación e infiltración de agua de lluvia a los efectos de reducir y minimizar los impactos generados por los cambios que la futura urbanización pudiera afectar en el ciclo hidrológico, cumpliendo con las exigencias técnicas aceptadas por la Administración Departamental.

11.2.- La red estará compuesta por los siguientes elementos:

a) drenes de infiltración laterales a la caminería existente a efectos de infiltrar la escorrentía de los lotes y

b) estanque de infiltración de superficie natural que atiende el excedente de agua.



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Fuente Observaciones
D 4122/2026 de 2026-07-28 Artículo 11