Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.50


Artículo D.50

Se destinará un espacio cerrado de uso común, que funcionará como estar comedor, cuya área debe contar 2 m2., por cama del establecimiento.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3603 de 1988-11-11 Artículo 10