Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.62


Artículo D.62

El personal que trabaja en las peluquerías usará túnica o saco blanco, limpio y en buen estado, pudiendo las empresas que lo deseen, adoptar uniformes apropiados comunes a todo el personal.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3417 de 1980-11-07 Artículo 8