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VOLUMEN VII
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LIBRO I
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PARTE
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TÍTULO II
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CAPÍTULO V
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SECCIÓN I
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Los locales donde se despachen bebidas o expendan emparedados, empanadas, panchos, sándwiches, chivitos, helados u otros productos alimenticios similares se clasifican en las categorías siguientes:
En cualquiera de estas tres categorías, los pisos serán de material impermeable, las paredes de mampostería y los techos de cielo-raso de material adecuado. Los mostradores serán de mármol y otro material similar y permeable, de fácil limpieza y estarán dotados de por lo menos una pileta amplia, con su correspondiente canilla en perfecto funcionamiento, así como con los desagües reglamentarios. Las mesas serán mantenidas limpias y en buen estado.
| Fuente | Observaciones | |
| Dto.Jta.Dep. 3275 de 1973-09-21 | Artículo 9 |