Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.226


Artículo D.226

La persona física o jurídica a quien le transfiere el permiso de abastecedor, dispondrá de diez días hábiles de plazo para presentar la documentación probatoria de lo establecido en el artículo D.225.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3301 de 1975-02-28 Artículo 4