Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.241


Artículo D.241

Las solicitudes de apertura, reapertura, traslados, enajenación entre vivos o en caso de fallecimiento del titular, serán presentadas con los sellados y timbres de ley y municipales respectivamente, sin perjuicio de las reposiciones que correspondan en cada caso e indicando:

  1. Nombre, nacionalidad, edad, domicilio legal, serie y número de Credencial y/o Cédula de Identidad del solicitante;
  2. Ubicación exacta del local;
  3. Cuando se introduzcan modificaciones y/o traslado de los locales, deberán presentarse tres copias en papel apropiado del plano en que funcionará la carnicería, debiéndose contar con la habilitación correspondiente de la Dirección de Arquitectura Municipal;
  4. En caso de sociedades o firmas comerciales, deberá presentarse su constitución e inscripción en el Registro Público de Comercio.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3348 de 1977-08-05 Artículo 6