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VOLUMEN VII
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LIBRO I
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PARTE
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TÍTULO X
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CAPÍTULO II
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SECCIÓN I
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La Intendencia Municipal, adjudicará nuevos permisos para empresas barométricas, cuando las circunstancias así lo requieran y en los siguientes casos:
a) Por incumplimiento en los servicios por parte de las empresas autorizadas;
b) Por ampliación de zona en el departamento. En la medida de lo posible siempre y cuando el cumplimiento en los servicios sea normal, en defensa de la continuidad del trabajo de las empresas autorizadas, la adjudicación de nuevos permisos, ser restringida y ajustada a la necesidad.
| Fuente | Observaciones | |
| Dto.Jta.Dep. 3637 de 1991-05-10 | Artículo 8 |