Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.393


Artículo D.393

Donde quiera que se descubra un foco, propicio para la reproducción de insectos perjudiciales, será saneado de inmediato, por los medios adecuados.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3365 de 1978-04-24 Artículo 6