Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.396


Artículo D.396

Queda prohibido el almacenamiento de agua en barriles, tinajas, latas, etc. En zonas donde exista el servicio de aguas corrientes.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3365 de 1978-04-24 Artículo 9