Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.407


Artículo D.407

Los fondos, chacras, terrenos baldíos y patios dentro de los límites determinados por el servicio, deben mantenerse limpios de yuyos, basuras, botellas, latas u objetos que pueden retener agua.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3365 de 1978-04-24 Artículo 20