Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.419


Artículo D.419

Los precios y tarifas de estos servicios, al igual que los demás que presten las dependencias municipales, serán fijados por la Intendencia, previa actualización de los costos respectivos.
 



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3365 de 1978-04-24 Artículo 32