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VOLUMEN VII
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LIBRO I
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PARTE
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TÍTULO X
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CAPÍTULO VII
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SECCIÓN I
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Características del Local. Se deberán establecer medidas de mitigación de impactos visuales como ser barreras de árboles u otra protección visual. El predio debe ser cercado y la carga y descarga debe estar prevista dentro de la propiedad privada. Aquellos depósitos que se ubiquen en zonas rurales deberán establecer medidas de protección del suelo, a efectos de minimizar las alteraciones de sus propiedades físicas, químicas y biológicas, que podrían llevar a la desaparición de la flora y fauna de la región afectada. Deberá indicarse la altura máxima del depósito y su área específica dentro del padrón.
| Fuente | Observaciones | |
| Dto.Jta.Dep. 3896 de 2012-05-29 | Artículo 3 |