Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.446


Artículo D.446

Habilitación. Previo al inicio de las actividades, deberá gestionarse la Consulta de Viabilidad para Instalación de Actividad Industrial y Comercial, la Habilitación Higiénica y la Habilitación de Bomberos.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3896 de 2012-05-29 Artículo 4