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VOLUMEN VII
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LIBRO I
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PARTE
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TÍTULO X
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CAPÍTULO VII
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SECCIÓN II
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Tipos de infracciones. Las infracciones serán leves, graves y muy graves, de acuerdo a la entidad de las mismas, a su reiteración, a los efectos dañinos provocados, a los potenciales que supusiere y a la posibilidad de recuperación o reparación del suelo o del ambiente.
| Fuente | Observaciones | |
| Dto.Jta.Dep. 3896 de 2012-05-29 | Artículo 8 |