Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.524


Artículo D.524

Para cualquier trámite relacionado con el uso de los locales, los concesionarios deberán exhibir su título.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. s/n/1949 de 1949-11-04 Artículo 17