Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.543


Artículo D.543

Siempre que se solicite permiso para reducir o extraer restos de cadáveres depositados en nichos o sepulcros, no se asentirá el pedido si este no comprende la reducción de todos los cuerpos en condiciones de ser exhumados.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. s/n/1949 de 1949-11-04 Artículo 36