Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.596


Artículo D.596

El Servicio competente de la Intendencia Municipal, fiscalizará la observancia de este Cuerpo normativo, estando facultado para inspeccionar, en cualquier momento, los locales de los velatorios y hacer las indicaciones que estimare pertinentes, en materia higiene.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3389 de 1979-03-09 Artículo 16