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VOLUMEN VII
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LIBRO III
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PARTE
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TÍTULO I
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CAPÍTULO II
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SECCIÓN I
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En el caso de animales que lleguen al refugio traídos por particulares, los mismos serán puestos en adopción luego de ser esterilizados y siempre que según opinión técnica sean adoptables. En el caso de animales retirados por la Intendencia de la vía pública se esperará el plazo de 7 días para su esterilización y puesta en adopción.
| Fuente | Observaciones | |
| Dto.Jta.Dep. 3908 de 2012-11-27 | Artículo 10 |