Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.2


Artículo R.2

(Autorización del titular del inmueble).

Los inquilinos y comodatarios gestionantes deberán presentar certificación notarial de que el titular del respectivo inmueble autoriza expresamente  el desarrollo de actividad comercial en el mismo.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 8925/2011 de 2011-10-31 Artículo 2