Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.23


Artículo R.23

Esta Dirección programará los servicios municipales de desinfección y/o los autorizará a empresas privadas, en especial durante la temporada de verano, en las ciudades de Punta del Este y Piriápolis, así como en sus zonas de influencia, de acuerdo a tarifas que serán estimadas por la Dirección y homologadas por la Intendencia Municipal.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 4900/1972 de 1972-11-07 Artículo 2