Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.86


Artículo R.86

La solicitud de HABILITACIÓN HIGIÉNICA se realizará en la Dirección de Higiene Ambiental de la Intendencia o en las oficinas de las Juntas Locales correspondientes mediante el formulario vigente para tal fin. La habilitación otorgada será siempre precaria y revocable en cualquier momento sin derecho a indemnización alguna.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 172/1995 de 1995-01-04 Artículo 1