Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.116


Artículo R.116

Él podrá contar con uno o más colaboradores para agilizar la extracción de la miel de las alas de sus colmenas o el envasado de la miel. En estos casos deberá ajustarse a lo indicado en el Art. R.111 ítem b, c y e.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 986/1996 de 1996-03-08 Artículo 9