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VOLUMEN VII
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LIBRO I
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PARTE
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TÍTULO III
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CAPÍTULO III
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SECCIÓN I
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Todos los centros de actividad sexual prostíbulos y hoteles de alta rotatividad, generadores de residuos de riesgo sanitario deberán contar con un sistema de gestión de tales residuos que comprenda el manejo interno, la clasificación de los residuos y la conservación de los mismos en un lugar apropiado y seguro dentro del predio, hasta su recolección por el vehículo especializado que se encarga de la recolección de los residuos sólidos hospitalarios de riesgo sanitario.
| Fuente | Observaciones | |
| Res.ID. 827/2003 de 2003-02-14 | Artículo 1 |