Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.240


Artículo R.240

Analizada la solicitud y verificada la información aportada, la Administración adjudicará la chapa de ataúd y en los casos de arrendamiento o concesión gratuita, determinará el nicho en el que se hará la sepultura.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 4127/1991 de 1991-06-21 Artículo 3