Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.243


Artículo R.243

Las reducciones y traslados se solicitarán ante la Dirección de Higiene o Juntas Locales, bajo la firma y responsabilidad de los deudos gestionantes. El pedido se hará mediante el formulario creado a estos efectos y en los casos en que los restos se vayan a trasladar a otro nicho, panteón o urnario se deberá recabar la autorización del propietario de este para realizar el depósito.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 4127/1991 de 1991-06-21 Artículo 6