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VOLUMEN VII
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LIBRO II
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PARTE
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TÍTULO I
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CAPÍTULO III
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SECCIÓN I
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Los arrendamientos de sitios en nichos o urnarios municipales se realizarán por períodos de cuatro años. Los pagos se efectuarán de la siguiente forma: en el momento de firmar el contrato se abonarán por lo menos los dos primeros años del alquiler, en tanto que los restantes se deberán cancelar por adelantado antes del inicio de cada período anual.
| Fuente | Observaciones | |
| Res.ID. 4127/1991 de 1991-06-21 | Artículo 7 |