Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.247


Artículo R.247

La falta de pago del arrendamiento de nichos o urnarios, producirá de pleno derecho la caducidad del contrato, pudiendo procederse al depósito de los restos en el Osario General, sin que exista derecho de reclamación alguna y sin que sea necesaria otra instancia administrativa.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 4127/1991 de 1991-06-21 Artículo 10