Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.683


Artículo D.683

Cualquier cambio en la ubicación, en las instalaciones o en la forma de explotación deberá comunicarse a la Dirección de Higiene, la cual determinará o no la aprobación.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3655 de 1992-06-18 Artículo 8