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VOLUMEN III
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LIBRO I
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PARTE
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TÍTULO I
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CAPÍTULO XXIX
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SECCIÓN V
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Obligación de denunciar.
El funcionario tributario tiene la obligación de denunciar a sus superiores los delitos o actos de mala conducta que violen los principios del Código de Conducta.
Los funcionarios tributarios deberán cooperara con las entidades pertinentes en la investigación que se lleve a cabo.
Los supervisores que reciban información o quejas bien fundadas de infracciones al Código de Conducta, deberán adoptar medidas adecuadas para su corrección.
| Fuente | Observaciones | |
| Res.ID. 2099/2006 de 2006-05-26 | Artículo 4 |