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VOLUMEN VI
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LIBRO I
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PARTE
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TÍTULO III
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CAPÍTULO II
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SECCIÓN III
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Operaciones territoriales concertadas de realización optativa. Son aquellas las que podrán ser iniciadas por el poder público o por los emprendedores privados.
Las microcentralidades se definen como Operaciones Concertadas Territoriales de realización optativa.
Las directrices para fijar los condicionantes mínimos de estas OTC en microcentralidades son las siguientes:
Ajustar la zona "D" de la respectiva microcentralidad para adaptarse a la o las parcelas existentes sin superar un máximo de4 hectáreas brutas para toda la zona, procurando que la zona se expanda equilibradamente a ambos lados de la avenida respectiva que intercepta a la Av. Aparicio Saravia.
Definir una superficie de parcelas edificables no superior a 2 hectáreas netas (sin incluir calles, cesiones u otro espacio público).
Procurar que el cruce de avenidas respectivo de cada micro-centralidad coincida con el esquema de vialidad propuesto (según planos 4 y 4.1 del Anexo Planos y Tablas), siguiendo los esquemas conceptuales viarios siguientes.
Durante la OTC se podrán ajustar los parámetros para la edificación (retiros frontales, retiros laterales y FOS), garantizando obtener en cada microcentralidad un espacio público de una superficie no menor a 2000 m2 asociado a los componentes principales de la estructura pública (avenidas y rotondas).
| Fuente | Observaciones | |
| Dto.Jta.Dep. 3912/2012 de 2012-12-18 | Artículo 29 |