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VOLUMEN VI
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LIBRO II
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PARTE
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TÍTULO IV
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CAPÍTULO II
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SECCIÓN X
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La Intendencia Municipal de Maldonado desarrollará una campaña permanente a través de los medios de difusión, de educación extracurricular y promoción dirigida a la población en general, poniéndola en conocimiento de la situación del bosque, sus necesidades, las medidas de manejo dispuestas, así como de las normas y disposiciones que se adopten. Estas actividad deberá estar profesional y técnicamente orientada y ser complementada por la difusión de recomendaciones específicas y acciones concretas.
| Fuente | Observaciones | |
| Dto.Jta.Dep. 3602 de 1988-11-11 | Artículo 24 |