Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.48


Artículo D.48

ENCARGADO DE SECTOR SERVICIOS.

1) Cometido principal del cargo.

Controlar el cumplimiento de todas las disposiciones que establezcan el Jefe y Sub-Jefe del Sector Servicios.

 

2) Principales tareas del cargo.

- Controlar que se lleve a cabo la planificación y organización de las tareas de servicios y su asignación al personal de acuerdo a lo que dispongan sus superiores.

- Supervisa la ejecución de servicios internos, en particular los correspondientes a mensajería, reproducción de documentación y manejo del audio de la Sala.

- Adopta las medidas tendientes al mantenimiento de las máquinas y equipos pertenecientes a su área.

- Controla las existencias en materia de insumos en general de cantina e impresiones, dando cuenta a sus superiores de la necesidad de un nuevo aprovisionamiento de estos, con la debida antelación ante carencias de los mismos.

- Subroga al Sub-Jefe de Sección Servicios en su ausencia.

- Realiza otras tareas afines de acuerdo a lo que le indica su superior jerárquico.

 

3) Requisitos del cargo.

Nivel de formación

El establecido en el Artículo 2 del Decreto N° 3747.

Conocimientos especiales.

Conocimientos relacionados a las áreas operativas correspondientes a su unidad.

Conocimiento de las normas de seguridad e higiene.

Experiencia.

Se requiere un desempeño de dos (2) años como Auxiliar de Servicios I o de cuatro (4) años como Auxiliar de Servicio II.

Complejidad de la tarea.

Tareas estructuradas que implican la elección entre diferentes procedimientos preestablecidos.

Responsabilidad por errores o atrasos.

El atraso o error originan pérdidas de tiempo económicas o de prestigio, siempre recuperables.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3825 de 2007-05-08 Artículo 3