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VOLUMEN II
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LIBRO I
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PARTE
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TÍTULO III
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CAPÍTULO VI
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SECCIÓN IV
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AUXILIAR DE SERVICIO.
1) Cometido principal del cargo
Colaborar en la prestación de servicios internos de la Junta Departamental.
2) Principales tareas del cargo.
- Las tareas de Auxiliar de Servicios serán asignadas por la Jefatura del Sector Servicios, de acuerdo con la organización de las actividades y la adecuación del perfil del personal con cada operativa a cumplir. Dichas tareas pueden ser:
- Atender la central telefónica operando los sistemas existentes a tales efectos.
- Realiza la reproducción y encuadernación de documentos de diversa índole.
- Maneja el audio en las sesiones de la Junta Departamental, de sus Comisiones y en toda otra ocasión que le sea solicitado.
- Efectúa tareas de mensajería y en particular pagos en bancos, a proveedores, etc.
- Colabora en tareas de recepción y atención al público que ingrea al local de la institución.
- Atiende el servicio de cafetería de la Institución, en particular en las sesiones de la Junta Departamental y de sus Comisiones.
- Realiza tareas de limpieza.
- Mantiene en buen estado las máquinas y equipos pertenecientes a su área, solicitando a la Jefatura los servicio correspondientes.
- Solicita a la Jefatura del Sector Servicios los insumos necesarios para el cumplimiento adecuado de las tareas asignadas.
- Asiste a las Sesiones de la Junta Departamental y de sus Comisiones cuando le sea encomendado.
- Realiza otras tareas afines de acuerdo a lo que le indica su superior jerárquico.
3) Requisitos del cargo.
Nivel de formación.
Ciclo básico de Enseñanza Primaria completo.
Conocimientos especiales.
Conocimientos relacionados a su área operativa.
Conocimientos del funcionamiento interno de la Junta Departamental.
Experiencia.
Para el nivel de Auxiliar de Servicio I: tres años como Auxiliar de Servicio II.
Para el nivel de Auxiliar de Servicio II: tres años como Auxiliar de Servicio III.
Para el nivel de Auxiliar de Servicio III: no se requiere experiencia previa.
Complejidad de la tarea.
Tareas estructuradas que se realizan de acuerdo a procedimientos preestablecidos.
Responsabilidad por errores o atrasos.
Sin consecuencias. El atraso o error se detecta inmediatamente.
| Fuente | Observaciones | |
| Dto.Jta.Dep. 3722 de 1998-05-08 | Artículo 2 | |
| Dto.Jta.Dep. 3847 de 2009-03-31 | Artículo 3 |