Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.106


Artículo R.106

Los procedimientos administrativos que deberán utilizarse, serán reglamentados siguiendo los lineamientos fijados por la presente Resolución, asignándose a la Unidad de Gestión la responsabilidad de redactar, difundir y mantener actualizado dicho Reglamento, previa consideración favorable de las dos Direcciones Generales delegadas en el R.101.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 1434/2008 de 2008-02-12 Artículo 6