Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.109


Artículo R.109

No obstante los cometidos básicos enunciados en esta resolución, la totalidad de los funcionarios y reparticiones municipales deberán encontrarse permanentemente en condiciones de recepcionar, estudiar y eventualmente transformar en acciones aprobadas por el Intendente, las necesidades, aspiraciones, inquietudes, iniciativas y propuestas particularmente de la población del Departamento y en general de organismos públicos y privados y personas físicas o jurídicas, nacionales o extranjeros.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 3216/2005 de 2005-07-07 Artículo 2