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VOLUMEN II
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LIBRO V
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PARTE
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TÍTULO I
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CAPÍTULO I
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SECCIÓN I
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Créase el Municipio de la ciudad de MALDONADO (capital departamental) el que tendrá la siguiente jurisdicción territorial:
Al Oeste: Arroyo El Potrero y borde de la Laguna del Sauce hasta límite Norte con jurisdicción del Municipio de San Carlos;
Al Norte y Este: El inicio de la jurisdicción del Municipio de San Carlos;
Al Noroeste: El inicio de la jurisdicción territorial del Municipio de Piriápolis;
Al Sur: Río de la Plata hasta Parada 16 Rambla Claudio Williman (donde limita al Este y Sureste con jurisdicción del Municipio de Punta del Este);
Distritos Electorales: DAA (Centro Maldonado), DAC (Los Ceibos), DAE (Pinares), DAF (Cerro Pelado), DAG (Hipódromo), DAH (Maldonado Nuevo), DAI (El Jagüel) y DAJ (Las Delicias).
| Fuente | Observaciones | |
| Dto.Jta.Dep. 3862 de 2010-02-11 | Artículo 8 | |
| Dto.Jta.Dep. 3909 de 2012-11-27 | Artículo 1 |