Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.496


Artículo D.496

La Administración deberá proporcionar un formulario de Declaración Jurada a las Empresas autorizadas, las que deberán presentarlo semestralmente ante la misma, con indicación de los certificados que hayan expedido en dicho período.

Estos formularios deberán ser firmados por el Técnico Responsable y el responsable de la empresa si difieren.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3939 de 2015-10-06 Artículo 12