Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.217


Artículo R.217

Establécese que el plazo para la extracción de la muestra de agua a analizar a los efectos de la emisión del Certificado de Potabilidad, no podrá exceder los veinte (20) días corridos contados a partir de la fecha en la cual se realizó la limpieza y/o higienización del depósito de agua.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 08147/2015 de 2015-11-11 Artículo 3