Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.12


Artículo D.12

Las trasposiciones de asignaciones presupuestales entre proyectos de inversión, serán autorizadas por el Ejecutivo Departamental, previo informe de la Dirección General de Hacienda, dando cuenta a la Junta Departamental. Las trasposiciones alcanzan a las asignaciones dentro de un programa, entre diferentes programas y dentro de una misma fuente de financiamiento.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3947/2016 de 2016-07-12 Artículo 12