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VOLUMEN XI
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LIBRO I
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PARTE
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TÍTULO I
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CAPÍTULO I
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SECCIÓN III
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Autorízase al Ejecutivo Departamental a realizar una racionalización administrativa y reestructura de cargos y funciones adecuada a las necesidades estratégicas de la Intendencia, la que podrá incluir la definición de un nuevo sistema escalafonario.
A los efectos indicados se podrá transformar, fusionar, suprimir y crear programas, unidades, cargos y funciones, establecer requisitos de acceso a funciones y cargos, así como reestructurar el sistema de retribuciones al personal y la determinación de un nuevo sistema de incentivos.
La presente disposición no podrá afectar los derechos funcionales ni disminuir las retribuciones básicas permanentes o personales de los funcionarios.
El Ejecutivo Departamental dispondrá el alcance de la reformulación y la entrada en vigencia de la misma, teniendo en cuenta, fundamentalmente, las posibilidades efectivas de implantación y las disponibilidades financieras.
Al entrar en vigencia la reforma, se derogan todas las disposiciones generales o específicas que en forma directa o indirecta se opongan al nuevo modelo.
De lo actuado se dará cuenta a la Junta Departamental.
| Fuente | Observaciones | |
| Dto.Jta.Dep. 3947/2016 de 2016-07-12 | Artículo 61 |