Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.61

VOLUMEN XI
LIBRO I
PARTE
TÍTULO I
CAPÍTULO I
SECCIÓN III

Artículo D.61

Autorízase al Ejecutivo Departamental a realizar una racionalización administrativa y reestructura de cargos y funciones adecuada a las necesidades estratégicas de la Intendencia, la que podrá incluir la definición de un nuevo sistema escalafonario.

A los efectos indicados se podrá transformar, fusionar, suprimir y crear programas, unidades, cargos y funciones, establecer requisitos de acceso a funciones y cargos, así como reestructurar el sistema de retribuciones al personal y la determinación de un nuevo sistema de incentivos.

La presente disposición no podrá afectar los derechos funcionales ni disminuir las retribuciones básicas permanentes o personales de los funcionarios.

El Ejecutivo Departamental dispondrá el alcance de la reformulación y la entrada en vigencia de la misma, teniendo en cuenta, fundamentalmente, las posibilidades efectivas de implantación y las disponibilidades financieras.

Al entrar en vigencia la reforma, se derogan todas las disposiciones generales o específicas que en forma directa o indirecta se opongan al nuevo modelo.

De lo actuado se dará cuenta a la Junta Departamental.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3947/2016 de 2016-07-12 Artículo 61