Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.76

VOLUMEN XI
LIBRO I
PARTE
TÍTULO I
CAPÍTULO I
SECCIÓN III

Artículo D.76

A todos los efectos del presente capítulo, se considera retribución mensual al promedio del total de haberes percibidos durante los últimos 12 meses, debidamente actualizado en función de los ajustes salariales generales, exceptuando del cómputo los montos percibidos por aguinaldo y el salario vacacional.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3947/2016 de 2016-07-12 Artículo 76