Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.106


Artículo D.106

Aplíquense los beneficios descriptos en el Artículo 122º del Decreto Departamental Nº 3810 a aquellas empresas que contraten egresados de la Escuela de Alta Gastronomía de UTU u otras Instituciones con Habilitación del Ministerio de Educación y Cultura.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3947/2016 de 2016-07-12 Artículo 106