Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.118


Artículo R.118

Delégase en el Director General de Vivienda, Desarrollo Barrial y Salud la suscripción de los contratos de arrendamientos tendientes a regularizar las situaciones ocupacionales no incluidas en el Decreto Departamental N° 3817/2006, de comodatos que se otorguen en los diversos programas de viviendas de interés social y aquellos documentos que al amparo de las normas legales y reglamentarias se suscriban a los efectos de solucionar y regularizar situaciones ocupacionales que son objeto de tratamiento y estudio de la Dirección General de Vivienda, Desarrollo Barrial y Salud.



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Fuente Observaciones
Res.ID. 03326/2016 de 2016-05-12 Artículo 1